Procedimientos
El procedimiento de mediación tiene una duración máxima de diez días hábiles desde la presentación de la solicitud, salvo que las partes, de mutuo acuerdo prorrogue dicho plazo, o el árbitro excepcionalmente atendiendo a las dificultades del conflicto, su transcendencia, la dificultad de la prueba necesaria u otro circunstancia, el árbitro podrá prorrogar el plazo para dictar el laudo, en cuyo caso deberá ser dictado en el término de 30 días hábiles.
FUNDACIÓN SASEC
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